martes, 13 de octubre de 2009

Preguntas Frecuentes

Qué fiscaliza Fonasa y desde cuando?

FONASA debe fiscalizar el correcto y oportuno pago de las cotizaciones de salud de sus afiliados dependientes, quienes deben cotizar para salud el 7% de su remuneración imponible. En diciembre de 1999 fue promulgada la LEY Nº 19.650 y que otorgó a FONASA, las facultades para fiscalizar las cotizaciones, entregando a sus fiscalizadores iguales facultades a las que poseen los fiscalizadores de la Dirección del Trabajo, como ser: Examinar la documentación laboral, Revisar los libros de contabilidad, Entrevistar a los trabajadores, Citar a los empleadores, etc. FONASA desde el año 2001 ha venido fiscalizando a los empleadores a lo largo del país.

¿Qué relación tiene FONASA con el INP (Instituto de Normalización Previsional)?

FONASA, debe administrar el Seguro Público de Salud, sin embargo el INP (Instituto de Normalización Previsional) es la entidad que efectúa la recaudación y la cobranza de las cotizaciones de salud de sus afiliados. Los fiscalizadores de cotizaciones de salud son funcionarios de FONASA.

¿Qué debo hacer si tengo dudas respecto del pago de mis cotizaciones por parte de mi empleador?

Debo solicitar un certificado de Cotizaciones en cualquier sucursal de Fonasa o bien llamar al Call Center, fono 6003603000, de tal forma de solicitar que se verifique el pago de mis cotizaciones de salud.

¿Cuándo debo hacer una denuncia a FONASA por irregularidades con el descuento y/o pago de mis cotizaciones?

- Cuando el empleador no le ha efectuado la declaración y/o el pago mensual de sus cotizaciones de salud.

- Cuando el empleador le ha pagado cotizaciones de salud por un monto inferior al descontado en su correspondiente liquidación de sueldo.

- Cuando el empleador le ha pagado cotizaciones de salud por un monto inferior al legal.

- Cuando se tiene conocimiento de relaciones laborales ficticias, se debe solicitar investigar dichas relaciones entre trabajador y empleador, como cualquier otra situación irregular.

¿Cómo puedo hacer una DENUNCIA relativa a Cotizaciones de Salud?

Por medio del Servicio Telefónico Call Center 6003603000, o en cualquier Sucursal de FONASA, o a través del sitio Web (http://www.fonasa.cl/).

¿Para hacer una denuncia, debo identificarme?

Mediante el Call Center si debe identificarse, sin embargo si no desea hacerlo, puede realizar su denuncia directamente en una sucursal de FONASA, o contactarse con la Unidad de Fiscalización de Cotizaciones respectiva de cada Dirección Regional (fonos y direcciones en esta página Web ).

En el caso que el denunciante se identifique, ES IMPORTANTE QUE TENGA PRESENTE QUE DICHA INFORMACIÓN NO SERÁ REVELADA ANTE UNA FISCALIZACIÓN, YA QUE LAS DENUNCIAS SON CONFIDENCIALES.

¿Qué derechos tengo como trabajador dependiente?

Ud tiene el "derecho" a exigir el correcto y oportuno pago de sus cotizaciones de salud.

FONASA, por su parte esta facultado por ley para fiscalizar y exigir a los empleadores el correcto y oportuno pago de las cotizaciones de salud.

Ante cualquier consulta o dudas respecto de la imponibilidad de los montos pagados en sus remuneraciones, debe hacerlo mediante los mecanismos indicados en la pregunta siguiente.

¿Qué mecanismos tengo para realizar consultas o dudas respecto de estas materias?

- Llamar al Call Center las 24 horas del día al numero 6003603000.

- Acudir a cualquier sucursal de FONASA a lo largo del país.

- A través del sitio Web (http://www.fonasa.cl/), en donde se encuentra informado un correo electrónico directo a la Unidad de Fiscalización de Cotizaciones según corresponda.

¿Qué monto me deben descontar de mi remuneración por concepto de cotizaciones de salud?

El 7% de la remuneración imponible con un tope de 4.2 UF.

¿Si trabajo en forma independiente, puedo cotizar previsionalmente?

Si, lo puede hacer como trabajador independiente, para lo cual debe cotizar en FONASA y AFP a su elección a través de un formulario de pago de cotizaciones para trabajadores independientes y por los ingresos que perciba, los cuales no pueden ser inferior al ingreso mínimo establecido por ley.

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